PERITAJE ECONÓMICO-JUDICIAL

Lucro Cesante y Daño Emergente:
la cifra que el tribunal puede creer.

Cuantificamos el perjuicio económico con metodología financiera documentada: el beneficio que se habría obtenido y el coste real del daño. Sin estimaciones subjetivas. Con el respaldo de un economista colegiado y perito judicial designado por los Juzgados de Barcelona.

Consultar un caso → ← Volver al área económica

LOS CONCEPTOS

Dos figuras distintas. Un único dictamen que las articula.

LUCRO CESANTE

La ganancia que no llegó.

El art. 1106 del Código Civil incluye, entre los daños indemnizables, la pérdida de la ganancia que el acreedor pudo haber obtenido de no haber mediado el incumplimiento. Es el beneficio futuro frustrado: lo que la empresa o el particular habría ganado si el contrato se hubiera cumplido.

Cuantificarlo requiere proyectar ingresos con base en datos históricos comparables, corregidos por variables de mercado, y descontarlos al valor presente. No es una estimación optimista — es una proyección financiera documentada y reproducible.

DAÑO EMERGENTE

El coste real del daño.

El daño emergente es la pérdida patrimonial directamente sufrida: lo que salió del patrimonio del perjudicado como consecuencia directa del incumplimiento o el ilícito. Reparaciones, sustituciones, gastos derivados, diferencias de valor de los bienes dañados.

Su cuantificación pericial exige distinguir qué parte del coste es imputable al hecho generador y qué parte habría ocurrido igualmente. La metodología define la cuantía; la metodología es lo que el juez evalúa.

CÓMO SE CALCULA

El dictamen que resiste el contrainterrogatorio.

La parte contraria siempre intentará destruir la cuantificación. La única defensa es la solidez metodológica. Así construimos el dictamen:

01

Definición del escenario base y el contrafactual

Reconstruimos qué habría ocurrido sin el incumplimiento usando datos históricos de la empresa, comparables sectoriales y proyecciones de mercado. El contrafactual es el corazón del cálculo.

02

Cuantificación financiera documentada

Proyección de flujos de caja, descuento al valor presente (DCF), análisis de márgenes comparados con el período anterior y con el sector. Cada hipótesis aparece en el dictamen con su justificación y sensibilidad.

03

Nexo causal explícito

No basta cuantificar el daño — hay que atribuirlo causalmente al hecho generador. Distinguimos el perjuicio imputable del que existiría igualmente por otras causas concurrentes.

04

Análisis de sensibilidad y escenarios alternativos

Un dictamen creíble no oculta la incertidumbre — la mide. Presentamos rangos con probabilidades asignadas para que el tribunal pueda valorar la solidez de las hipótesis.

05

Defensa oral en juicio

El perito interviene en el acto del juicio para ratificar el dictamen y responder al interrogatorio de la parte contraria y del tribunal. La preparación del acto oral forma parte del encargo.

CASOS HABITUALES

Cuándo se necesita este dictamen.

INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL

Proveedor que no entregó, distribuidor exclusivo incumplidor, contrato de servicio que no se prestó. El perjudicado necesita demostrar cuánto dejó de ganar, no solo que hubo incumplimiento.

COMPETENCIA DESLEAL

Captación ilegal de clientes, copia de producto, uso indebido de secreto comercial. El perjuicio económico de la conducta desleal requiere cuantificación pericial para ser indemnizable.

RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL

Asesoramiento deficiente de abogado, auditor, consultor o entidad financiera. El daño es la diferencia entre el resultado obtenido y el que debería haberse obtenido con la diligencia debida.

DAÑOS POR OBRA O INSTALACIÓN DEFECTUOSA

Obra que impidió el funcionamiento normal del negocio, instalación que paralizó producción. El daño emergente (coste de reparar) y el lucro cesante (producción parada) se cuantifican juntos.

LITIGIOS TECNOLÓGICOS

Software que no funcionó, proyecto de IA que no entregó lo contratado, ciberataque que paralizó operaciones. Empreneon perita tanto el fallo técnico como el daño económico — un solo interlocutor.

ARBITRAJES COMERCIALES

En arbitrajes nacionales e internacionales (ICC, CIAC, CIADI) la cuantificación del daño sigue estándares probatorios exigentes. Experiencia en dictámenes para procedimientos arbitrales con instrucción en inglés o español.

¿Necesita cuantificar el perjuicio económico de su caso?

Descríbanos el supuesto. Le confirmamos si procede dictamen de lucro cesante, de daño emergente o de ambos, y en qué plazo podemos actuar.

Consultar un caso →